Por Petra Alexander 

La legislación que protege a los empleados que desarrollan sus trabajos bajo el sol, en el campo, jardines, construcción y bodegas, ha tenido un incremento de enmiendas en orden a proteger más las vidas y evitar saldos de muerte por las altas temperaturas. Estos cambios en la ley son un triunfo en los derechos de los trabajadores y es importante conocerlos, para hacerlos valer. En los veranos pasados, hemos escuchado de lamentables muertes en los campos de Stockton o Fresno, y no queremos que siga pasando. Agua, sombra, descanso e información son los cuatro pilares para salvar vidas. 

Los cambios en las reglamentaciones de la prevención de las enfermedades causadas por el calor de Cal/OSHA entraron en vigor el 1 de mayo de 2015. Fundamentalmente las leyes piden a los empleadores, garantizar agua potable, los requisitos de que sea pura y dulce, esté adecuadamente fría y se brinde a los empleados de manera gratuita. El agua debe encontrarse lo más cerca posible de las áreas de trabajo de los empleados. Después que se brinde a los trabajadores áreas de sombra suficiente para recuperarse. La sombra puede originarse por medios naturales o artificiales que no expongan a los empleados a condiciones poco seguras o insalubres y que no impidan ni desalienten su acceso o su uso. Debe haber sombra cuando las temperaturas exceden los 80 grados F. Las áreas de sombra deben ofrecer capacidad para resguardar al 25 % de los empleados. Los trabajadores deben comer bajo la sombra y pueden rotarse para poder tener espacios de recuperación y oportunidad de comer para reestablecerse. 

También se pide a los empleadores más acciones preventivas para evitar las enfermedades por el calor, esto supone dar mayor información a los trabajadores sobre las enfermedades por el calor, observar que sus trabajadores no manifiesten algunos síntomas como por ejemplo, palidez, sudoración excesiva, dolor de cabeza, calambres musculares y fatiga. Si un empleado muestra señal o reporta síntomas de una enfermedad por el calor cuando se encuentra en el descanso preventivo para refrescarse, el empleador deberá proporcionar una respuesta de emergencia o primeros auxilios adecuados. Cuando las temperaturas suben, los trabajadores deben tomar sus tiempos de descanso. En caso que a un trabajador no le basten los 10 minutos marcados por la ley, se le deben ofrecer otros 5 minutos adicionales. 

Invitamos a todos a informarse más sobre estos cambios en la ley. Compártalos con las personas que trabajan en ambientes de alta temperatura y ayúdenos a salvar vidas. Si su empleador no guarda estas leyes, puede usted reportarlos al 1877 552 9832. Esta línea es confidencial.


  • Petra Alexander es la Directora de la Oficina de Asuntos Hispanos de la Diócesis de San Bernardino.